Retención en la fuente aplicable sobre pagos o abonos en cuenta por concepto de rentas de trabajo, que efectúen los agentes de retención en favor de contribuyentes personas naturales pertenecientes a la categoría de empleados, y determinar la forma del cumplimiento de la obligación tributaria sustancial a cuyo título se practica la retención en la fuente, por parte de los responsables directos del pago del tributo, observando lo establecido en las normas sustantivas, en cuanto corresponde al reglamento administrativo delimitar el tema y permitir su concreción.