Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
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Por la cual se establecen medidas transitorias en materia financiera para la transferencia de los recursos de que tratan el parágrafo 2 del artículo 17 y los literales d, e, f y g del artículo 19 del Acuerdo del Consejo Superior Universitario No. 036 de 2009.
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